Pasajeros ocupantes del vehículo
Pasajeros ocupantes del vehículo
OCUPANTES DE VEHÍCULOS CON DAÑOS PERSONALES
Si UD. es ocupante del vehículo (no conductor) y ha sufrido lesiones personales siempre tendrá derecho a ser indemnizado.
A Ud. como ocupante del vehículo le es indiferente quien resulte finalmente responsable del accidente, ya que Ud. siempre debe ser indemnizado, bien con cargo al seguro del otro vehículo o bien con cargo al seguro del vehículo en el que usted viajaba.
Ud. será indemnizado por uno u otro vehículo según quien sea declarado responsable de que ocurra el accidente de tráfico.
Si en el accidente no ha intervenido otro vehículo Ud. como pasajero debe ser indemnizado con cargo al seguro del vehículo en el que Ud. viajaba.
RECUERDE QUE SI UD. NO COBRA NOSOTROS TAMPOCO COBRAMOS
En los casos de ocupantes comunicamos nuestra designación a la compañía aseguradora del vehículo en el que Ud. viajaba y si ésta no es responsable del accidente, nuestros servicios normalmente le resultarán gratuitos (0€) porque la aseguradora del vehículo en el que Ud. viajaba se hará cargo de la factura de nuestros honorarios. Ello es así, porque dentro de la póliza de seguro tiene contratado un seguro de asistencia jurídica.
El seguro de asistencia jurídica que el asegurado tiene contratado- normalmente- permite al ocupante del vehículo que resulta lesionado la elección libre de abogado dentro de los límites de dinero que aparecen en la propia póliza de seguro.
Acuda a nuestro despacho con una copia de la póliza de seguro y nosotros le confirmaremos las coberturas que nos permiten ser sus abogados y trabajar sin coste alguno para usted. Es decir, con anterioridad a nuestra intervención analizaremos la póliza de seguro para asegurarnos de que nuestra actuación profesional puede efectuarse con cargo al seguro y que por lo tanto no tendrá para Ud. ningún coste.
Nuestro despacho remitirá a la aseguradora nuestra designación como abogados para la defensa de sus intereses y si la aseguradora rechaza nuestra intervención – cosa rarísima- se lo comunicaremos a usted inmediatamente para que se replantee nuestra intervención.
Cuando termine nuestro trabajo y usted haya cobrado su indemnización nosotros mismos nos ocuparemos de remitir nuestra factura a la aseguradora y la compañía abonará el importe de nuestros honorarios.
Recuerde que este compromiso lo asumimos con Ud. por escrito a través del correspondiente contrato de prestación de servicios u hoja de encargo profesional.
LLÁMENOS AHORA, solicite su consulta gratuita y sin compromiso. 96 313 28 72
Recuerde nuestro despacho de abogados está sito en la Avenida del Cid 170 bajo izquierda de Valencia (CP. 46.014)
Puede Ud. contactarnos también a través del mail: info@accidentesvalencia.com